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al servicio de tu Presente Laboral
y tu Futuro Pensional
Nuestros Servicios
¿Cómo afectará la nueva reforma pensional tus derechos y beneficios? Nuestra firma te brinda una asesoría personalizada para entender las implicaciones de esta ley en tu situación particular. Evaluamos tus situación y te orientamos sobre los pasos a seguir.
Asesoría Integral y Representación Legal Para quienes sean beneficiarios del Régimen de transición a la luz de lo dispuesto en la actual reforma pensional año 2024, previa aprobación de la doble asesoría (en los términos de la Ley 1748 de 2014)
La ley colombiana le ampara para solicitar una reliquidación de su pensión si encuentra inconsistencias en los cálculos. Nuestro equipo de abogados expertos le ayudará a ejercer este derecho y a obtener lo que le corresponde.
Con este producto del portafolio de servicios, usted puede DEFINIR y PROGRAMAR su pensión si conoce su expectativa actual en COLPENSIONES y FONDOS PRIVADOS, un Estudio individual que evalúa el impacto de la reciente REFORMA PENSIONAL y las posibilidades de ALCANZAR y MEJORAR CUANTITATIVAMENTE su Pensión Obligatoria.
El análisis es realizado por el actuario de la empresa y un consultor especializado que le definirá:
- Impacto Jurídico y Financiero de la Actual Reforma Pensional en su caso concreto
- Análisis del beneficio de Transición
- Cálculo del Bono Pensional como título que ayudará a financiar la pensión.
- Cálculo Bono pensional
- Cálculo del ingreso base de liquidación
- Conclusiones, comentarios y recomendaciones
- Requerimientos y opciones legales existentes en el caso, para alcanzar su mejor opción pensional futura.
Contamos con el conocimiento, experiencia y herramientas idóneas para aportar recomendaciones LEGALES, OBJETIVAS Y RAZONABLES respecto a la conveniencia de Pensionarse, de permanecer o trasladarse de régimen, determinando en cada caso de acuerdo a los parámetros individuales, las posibilidades de alcanzar y mejorar la pensión.
Estudiamos cada caso en particular, representándolo en el evento que tenga derecho a la recuperación de semanas en la Historia Laboral de Colpensiones o Fondos Privados por omisión en la afiliación o vinculación al Sistema General de Pensiones. Lo anterior, para cumplir con el requisito mínimo de las 750 semanas para las mujeres o 900 para los hombres a 1º de julio del año 2025 para gozar del beneficio de transición que le permita pensionarse con la ley 797 de 2003 y no con las normativas previstas en la actual reforma pensional año 2024.
Lo representamos legalmente ante todas las Administradoras de Pensiones para el trámite, reconocimiento y pago de todas las prestaciones económicas a lugar en cada caso en particular.
- Reconocimiento y pago PENSION DE VEJEZ, INVALIDEZ, SOBREVIVIENTES
- Reconocimiento pago, devolución de saldos, indemnizaciones, reliquidaciones pensionales.
Acompañamos a nuestros clientes – personas naturales y jurídicas, desde la reunión de la documental básica, la respectiva revisión , convalidación y/o corrección de la historia laboral, liquidación provisional, emisión y redención del respectivo bono pensional hasta el reconocimiento y pago a su favor del derecho pensional en Colombia y para Colombianos en el Exterior.
RELIQUIDACIÓN PENSIONAL
- Recalculo y auditoría de las Pensiones ya reconocidas y en disfrute con el fin de determinar si es viable o no, iniciar acciones de tipo Administrativo o Judicial solicitando la reliquidación pensional y pago retroactivo por la diferencia adeudada.
- Reliquidación con aplicación y respeto a todos los Regímenes de Transición existentes – aplicables y los Regímenes Especiales
- Reliquidación por error en conteo de semanas que dieron origen a la pensión que disfruta (conteo correcto incluyendo días año bisiesto disminuyen número de semanas y tasa de reemplazo). Sent. SL -138 de 2024.
- Demandas de Pensionados contra los Fondos privados (A.F.P. Skandia, Protección, Colfondos y Porvenir), solicitando indemnización de perjuicios en aquellos casos que se logre demostrar que la A.F.P. incumplió su deber de información y ello trajo como consecuencia un perjuicio por la disminución evidente de su mesada pensional. (no pudieron trasladarse en su momento a Colpensiones por omisión de la
información). Sent SL. 373 de 2021. - Reliquidación Pensión de Vejez , tasa de reemplazo, ley 797 de 2003, por error en la fórmula aplicada para determinar el monto máximo de la pensión por incrementos por semanas adicionales a las mínimas – tasa de reemplazo hasta del 80% para calculo mesada pensional. Sent. SL – 810 de 2023
Reliquidación pensión de vejez hasta con el 90% de tasa de reemplazo para quienes regresaron del RAIS al RPM de Colpensiones por orden o via de Tutela y al regresar no obstante fueron pensionados por Colpensiones, perdieron el Régimen de Transición .
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Nuestras consultas en línea fueron diseñadas para su conveniencia y cuentan con un proceso muy sencillo de contratación. Lo primero será llenar un formulario con algunos datos de contacto e información preliminar sobre su caso y podrá realizar el pago correspondiente de forma fácil y segura. Una vez procesado su pedido, emplearemos los datos suministrados para que nuestro equipo pueda entrar en comunicación con usted a la brevedad posible para agendar su cita en los términos más convenientes para usted.
Obtendrás:
- Llamada o sesión virtual de hasta 30 minutos con Abogado Experto
- Evaluación de su caso.
- Recomendaciones y Plan de Acción para solucionar su caso.